Auto6 de marzo de 2024
A- de 2024
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 adopta la agenda y metodología de la sesión técnica sobre los componentes de verdad, justicia, indemnización, rehabilitación y protección y restitución de tierras.
Para el efecto se fija el día 18 de marzo de 2024 y se hace la respectiva convocatoria y citación a los intervinientes y participantes
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. ADOPTAR la agenda descrita en el fundamento 3 de la presente providencia para la sesión técnica sobre los componentes de verdad, justicia, indemnización, rehabilitación y protección y restitución de tierras del día dieciocho (18) de marzo de 2024. La sesión se llevará a cabo a partir de las ocho de la mañana (8:00 am.) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia Alfonso Reyes Echandía, ubicado en la calle 12 No. 7 - 65 en la ciudad de Bogotá.
- Segundo. CONVOCAR a la sesión técnica, a través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a la directora general de la Unidad para las Víctimas; a la Fiscal General de la Nación (E); al presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz, al director general de la Unidad de Restitución de Tierras; al ministro de Salud y Protección Social; al director del Departamento Nacional de Planeación; al Ministro de Hacienda y Crédito Público; al Ministro de Justicia; a la directora general del Centro Nacional de Memoria Histórica; a la presidenta del Consejo Superior de la Judicatura; al director de la Agencia Nacional de Tierras; al director general del Institu Geográfico Agustín Codazzi; al Superintendente de Notariado y Registro; al Defensor del Pueblo y sus delegados; al Contralor General de la República y sus delegados; a la Procuradora General de la Nación y sus delegados; a la coordinadora de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas y a dos (2) de sus representantes; a dos (2) representantes de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado y al alcalde de Mapiripán (Meta).
- Tercero. INVITAR, a la sesión técnica, a través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a Mireille Girard, representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en Colombia; a Clara Sandoval, directora de programa del Global Survivors Fund; a Rocío del Pilar Peña Huertas, coordinadora del Observatorio de Tierras y a la experta Juana Acosta.
- Cuarto. SOLICITAR a las entidades convocadas, agencias invitadas y demás intervinientes a la sesión técnica que remitan a esta Corporación, a más tardar el once (11) de marzo de 2024, el listado de las personas que asistirán a la sesión técnica con sus respectivos documentos de identidad y demás información que consideren necesaria para autorizar los ingresos respectivos. Estos datos deberán ser enviados al correo electrónico de la Sala Especial de Seguimiento (desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co).
- Quinto. SOLICITAR al Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) que disponga de los medios necesarios para la grabación de la sesión técnica y conexiones para asegurar las intervenciones virtuales que se puedan requerir. También, que se realicen las pruebas técnicas a las que haya lugar previo a la celebración de la sesión técnica.
- Sexto. COMUNICAR el presente auto, por conducto de la Secretaría General de esta Corporación, a la directora general de la Unidad para las Víctimas; a la Fiscal General de la Nación (E); al presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz, al director general de la Unidad de Restitución de Tierras; al ministro de Salud y Protección Social; al director del Departamento Nacional de Planeación; al Ministro de Hacienda y Crédito Público; al Ministro de Justicia; a la directora general del Centro Nacional de Memoria Histórica; a la presidente del Consejo Superior de la Judicatura; al director de la Agencia Nacional de Tierras; al director general del Institu Geográfico Agustín Codazzi; al Superintendente de Notariado y Registro; al Defensor del Pueblo; al Contralor General de la República; a la Procuradora General de la Nación; a la Mesa Nacional de Participación de Víctimas; a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado; al alcalde de Mapiripán (Meta); a la representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en Colombia; a Clara Sandoval, directora de programa del Global Survivors Fund; a Rocío del Pilar Peña Huertas, coordinadora del Observatorio de Tierras y a la experta Juana Acosta.
- Séptimo. SOLICITAR a la Secretaría General de esta Corporación, el acompañamiento de la sesión técnica de la que trata la presente providencia con el fin de levantar la respectiva acta.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.